Fracción V. o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años;

Fracción V. o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años;

La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:
1. La propuesta enviada por el participante;
2 Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
3. La autorización del ejercicio de la opción;
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
5. El nombre de la persona física o jurídica adjudicada;
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10. El convenio de terminación; y
11. El finiquito;

El Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara en su artículo 49 establece entre otras cosas que ‘La Junta de Gobierno es el órgano superior del Instituto, y estará integrada por los Presidentes Municipales del Área, el Gobernador del Estado, o quienes éstos designen, el Director General del instituto, el titular de la Unidad Jurídica, Administrativa y Finanzas, y el titular del Órgano de Control’, en su artículo 50 establece. ‘La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones: II. Aprobar el presupuesto, el Programa Anual de Trabajo, la plantilla de personal y proveedores externos del Instituto; IV. Aprobar la celebración de convenios y contratos; V. Regular y aprobar los procedimientos de adquisición, arrendamiento y contratación de bienes y servicios asegurando que estos cubran las mejores condiciones de calidad, financiamiento, costo y oportunidad,’; En su artículo 63 establece que ‘El Director General del Instituto tendrá las siguientes atribuciones: I. Elaborar e informar de los proyectos y estudios técnicos que sean solicitados al Instituto por parte de la Junta; II. Dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones de la Junta de Gobierno; VII. Evaluar, autorizar y proponer a la Junta de Gobierno, la firma de convenios, la contratación y designación de quienes presten servicios al Instituto, para cumplir con las funciones y atribuciones que le corresponden; XI. Representar al Instituto en todos los actos administrativos para su funcionamiento, convenios y contratos, así como ante las autoridades administrativas, judiciales y de trabajo, con todas las facultades generales y especiales que requiera, excepto los relativos a actos de dominio, o lo que requieran autorización expresa de la Junta de Gobierno’.

Para su funcionamiento y correcta operación de los programas y proyectos encomendados, se hace necesaria la contratación de adquisiciones y servicios, hasta en tanto la Junta de Gobierno apruebe y autorice los reglamentos internos, manuales administrativos y políticas, bases y lineamientos, por lo que mediante acuerdo tomado en la sesión Primera de la Junta de Gobierno del Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara, celebrada el 25 de junio del 2014 se instruyó al Director General para que proceda a la contratación de servicios, sujeto a que se consideren y analicen por lo menos tres propuestas para la contratación y se proceda a la adquisición de mobiliario y equipo para las oficinas del IMEPLAN conforme al contrato de servicios del inmueble denominado MIND.

El Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (IMEPLAN), ejerce las atribuciones que se encuentran descritas en los artículos 31 de la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco, los diversos 30 y 40 del Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del área Metropolitana de Guadalajara, así como aquellas que se desprenden de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, motivo por el que por el momento no cuenta con atribuciones para realizar adjudicaciones directas en materias de Obra Pública e Inversión, lo anterior, derivado de la naturaleza del Instituto. 

Ponemos a su disposición los dictámenes para la adquisición o contratación de servicios que ha efectuado hasta el momento el IMEPLAN.

  • Relación adjudicaciones Archivo
  • Contratos Carpeta
  • Políticas y Lineamientos para la Adquisición, Enajenación, Arrendamiento de Bienes, Contratación de Servicios y Manejo de Almacenes del Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (IMEPLAN) PDF

Programa Anual de Adquisiciones del Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara:

  • Programa Anual de Adquisiciones 2024 PDF
  • Programa Anual de Adquisiciones 2023 PDF
  • Programa Anual de Adquisiciones 2022 PDF
  • Programa Anual de Adquisiciones 2021 PDF

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