Artículo 16 bis. Información Fundamental - General- VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;
De conformidad con la cláusula “SEGUNDA. PARTES DEL FIDEICOMISO” del Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración, los beneficiarios serán las personas físicas o morales designadas inicialmente por el Fideicomitente y posteriormente por el Comité Técnico una vez constituido éste, no existiendo hasta el momento señalamiento alguno acerca del padrón de beneficiarios del Fideicomiso.
En consecuencia, una vez que tal condición cambie la información se publicará conforme a los lineamientos emitidos por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales (ITEI).
- Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración “Marca Ciudad Guadalajara Guadalajara”