n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema; y
- Hasta el momento, el Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara, no ha tenido revisiones oficiosas, por lo tanto no se han generado informes para publicar en éste inciso.
- La revisión oficiosa, se genera cuando se realiza una solicitud de protección de datos personales en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, motivo por el cual, al no haber solicitudes pendientes de atender, la información es inexistente.
- La revisión de la clasificación de la información pública, tiene origen en dos procesos, de oficio por el sujeto obligado, o por resolución del Consejo del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), de acuerdo a lo establecido en los artículos 60 al 65, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
- El Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara establece en el artículo 14 de su Reglamento Interno de Información Pública la revisión de oficio a la clasificación de información en poder del Instituto con las siguientes modalidades.
- Ordinaria: Una vez al año durante el segundo trimestre del año.
- Extraordinaria: cuando lo determine el Comité por considerar que las condiciones que generaron su clasificación han variado.
- Atendiendo a lo señalado en el artículo 63, numero 1, fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, así como el artículo 14 del Reglamento en materia de transparencia del IMEPLAN, ponemos a su disposición los informes correspondientes. Carpeta
- En cuanto a la revisión por resolución del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos del Estado de Jalisco, se informa que no se ha notificado al IMEPLAN de resolución alguna por parte de dicho Consejo, en la cual se ordene hacer una revisión al proceso de clasificación de información para efecto de su posible modificación.
- Se pone a su disposición el índice de los expedientes clasificados. Archivo
- Actas del Comité de Transparencia . Carpeta
- Registro Estatal de Sistemas de Información Confidencial. Enlace externo